LOS FUEROS DE CASTROJERIZ. BREVE CONTEXTUALIZACIÓN HISTÓRICA

Tras la derrota en la batalla de Guadalete (711) el Reino Visigodo Hispánico colapsa sin oponer apenas resistencia al avance de las huestes musulmanas poniendo fin así a siglos de unidad jurídica y política en la Península Ibérica al amparo del Derecho Romano y de la Lex Visigothorum.

Sin embargo, la ocupación de peninsular no sería total. Al abrigo de la cordillera cantábrica, los pueblos del norte resisten a la invasión y dan cobijo a población y tropas que no acatan el nuevo orden impuesto por los norteafricanos. El resultado inmediato de este episodio fue la formación de diversos condados y reinos cristianos en el norte peninsular con ordenamientos jurídicos diferentes sin que hubiera un poder político unitario que los cohesionara, así como el parcial abandono y despoblación de la meseta norte.

En estas circunstancias, en los albores del siglo IX y en las tierras de la antigua Bardulia, un pequeño conjunto de torres, baluartes defensivos y sus alfoces alumbran a un pequeño condado que, ignorante aún de los designios que el caprichoso destino le había de deparar acabaría por tomar el nombre de CASTILLA.

Rodeado por los poderosos reinos cristianos de León y Pamplona, batido periódicamente por las terribles razzias musulmanas del potente Emirato Cordobés que, además, defendía férreamente el valle del Ebro y con la Frontera del Duero, una tierra de nadie, dura, despoblada y peligrosa, como única vía de expansión, aquel pequeño y débil condado fronterizo podría haber sido fácilmente borrado de la faz de la Historia para siempre. Sin embargo, la tenacidad y valentía, no sólo en la batalla, de aquellos hombres y mujeres hicieron posible lo impensable.

En torno al año 860 el conde Rodrigo repuebla Amaya, antigua capital de ducado visigodo de Cantabria. Desde allí, en el año 882, MUNIO NUÑEZ inicia el proceso repoblador en Castrojeriz acometiendo para ello la fortificación de la antigua torre de origen romano.  Esta empresa hubo de ser abandonada precipitadamente ante la llegada de una razzia musulmana comandada por Al-Mundhir, hijo de Mohamed I aquel mismo año mas pronto sería recuperada y asegurada por los hombres de Munio y ya, en el año 883, la villa se alzaba ya como una plaza fuerte y bien pertrechada que resistiría, esta vez sí, la acometida de una nueva incursión musulmana.

Castrojeriz se convertiría a partir de ese momento en uno de los núcleos más importantes de repoblación en las tierras de la Frontera del Duero. En 912, el Conde Munio Nuñez, lanza desde aquí la expedición que recuperaría Roa.

El fenómeno repoblador castellano fue llevado a cabo por hombres de condición jurídica libre gracias a la delegación regia en magantes y nobles que dirigían la comarca en busca de tierras donde establecerse. Reconstruían ciudades, poblados y granjas en ruinas, levantaban fortalezas de defensa y tomaban posesión de los campos yermos. En primera instancia, esta actividad repobladora fue regulada mediante Cartas Pueblas en las que se regulaban las normas y los privilegios de los colonos.

La unificación de los diferentes condados castellanos culminaría bajo el mandato de Fernán González y tras su muerte (970) habría de ser su hijo, GARCI FERNÁNDEZ, quien gobernara los designios de Castilla. Garci habría de ser un personaje principal de la historia de Castilla y de Castrojeriz en particular. A su notable labor como legislador y de organización administrativa del territorio hay que sumarle su incuestionable valor militar plantando cara a uno de los generales más temibles de la época, Almanzor.

Una época aquella en la que frecuentemente se vivía en estado de guerra y violencia en la que los habitantes de esta tierra, una especie de aristocracia campesina, capaz de poder mantener un caballo y dotarse de un equipo para la guerra, se veían obligados a defender sus posesiones en este territorio de frontera de las agresiones enemigas.

Era preciso, por lo tanto, REPOBLAR estas tierras, AFIANZAR LA POBLACIÓN en un entorno difícil y dotarse de una caballería villana vital en un tipo de guerra basado en incursiones sorpresivas.

El fuero es un estatuto jurídico donde se encuentran recogidas aquellas normas que regulan las relaciones entre Rey o el Señor de una determinada ciudad, villa o población medieval con especial alusión a los privilegios y exenciones de que ese núcleo local especialmente goza y que de distingue de otros. Era la afirmación de la personalidad de los pueblos frente al poderío de los nobles.

El 8 de marzo del año 974, Garci Fernández, conde de Castilla, concedería a los habitantes de Castrojeriz aquel que “brilla entre todos los fueros por su antigüedad, pues es el más antiguo de todos los fueros castellanos cuyo texto o noticia ha llegado hasta nosotros” con el permiso de Brañosera, 824, cuya carta de población otorgada a sus cinco pobladores se clasificaría científicamente más bien como una Carta Puebla.

El Fuero de Castrojeriz concedió el privilegio de infanzonía a los caballeros villanos que pudieran servir en la guerra con su caballo. Un no noble podía aspirar a ser noble en base a su esfuerzo y valor personal. Se prodiga así la dignidad de caballero sin olvidar, sin embargo, que también se promueven privilegios y libertades para clérigos, peones y judíos. A todos ellos se les concede una serie de libertades, exenciones fiscales (portazgo, montazgo, camino, nuncio, mañería, fonsadera) y amparos jurídicos totalmente novedosos y que constituyen una demostración de audacia política y legisladora con la que Castilla, acuciada por sus propias necesidades, se anticipaba al resto de los reinos cristianos en su vida social y la organización de la defensa de sus fronteras.

De este modo, los fueros, aun teniendo como fin último la expansión militar y territorial del condado, convierten a Castilla en una singularidad casi única para la época ya que choca con una concepción tradicional de la sociedad en la que la posibilidad de poder ascender socialmente, que un villano pudiera aspirar a ser noble, era simplemente impensable.

Muerto Garci Fernández, los posteriores condes y reyes de Castilla fueron confirmando estos privilegios, añadiendo nuevos artículos e incluyendo relatos de hechos singulares y dominados por la violencia reinante en aquella época, las fazañas, que daban fe de la vigencia de los privilegios forales en contraposición de los abusos de los poderosos o de otras villas.

Fuentes bibliográficas:
MARTÍNEZ DIEZ, G, S.J. (2010) Los Fueros de Castrojeriz.
SÁNCHEZ DOMINGO, R. (2007). Castrojeriz. De alfoz medieval a partido constitucional.
MARTÍN PÉREZ, M. (2002). Investigaciones sobre la villa de Castrojeriz (I).
BAYÓN ARRANZ, R. (2007). Castrojeriz, Indagaciones sobre historia, urbanismo y arquitectura.
RUIZ GARRASTACHO, A. (2001). Castrojeriz, Camino de Santiago.
Paneles explicativos Exposición "Conoce tu Fuero". Plaza Mayor de Castrojeriz
Paneles explicativos Exposición "Conoce tu Fuero". Plaza Mayor de Castrojeriz
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